Tu Futuro Profesional 2.0

PLANIFICACIÓN DE LA CARRERA: Formación Profesional

CONVOCATORIA 2020 ARAGÓN

Pruebas de acceso a los ciclos formativos de Grado Medio.

Condiciones de acceso a la prueba.

• Quienes no reúnan los requisitos académicos de acceso directo.

• Quienes tengan como mínimo diecisiete años o los cumplan en el año de la convocatoria. • Quienes tengan la prueba de acceso de grado medio superada y deseen elevar la calificación obtenida con anterioridad.

Estructura de la prueba.

Esta prueba consta de tres partes:
  • ÁMBITO DE COMUNICACIÓN: Lengua castellana y Literatura. - Lengua extranjera (Inglés o Francés).
  • ÁMBITO CIENTÍFICO-TECNOLÓGICO: Matemáticas orientadas a las enseñanzas aplicadas. - Tecnología y Ciencias aplicadas a la actividad profesional.
  • ÁMBITO SOCIAL: Geografía e Historia.

Exenciones de partes de la prueba

Una o varias partes de esta prueba, pueden ser objeto de exención, siempre a instancia de los interesados:

Exención del Ámbito de Comunicación:: Quienes acrediten alguna de las siguientes circunstancias:

  • Haber superado en 4º de ESO las siguientes materias: Lengua castellana y literatura y una lengua extranjera (Inglés o Francés).
  • Haber superado el Ámbito de Comunicación del segundo nivel de la Educación Secundaria para personas adultas o este ámbito mediante prueba libre.
  • Haber superado el Ámbito lingüístico y social y la Lengua extranjera en los Programas de Diversificación curricular derivados de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo

Exención del Ámbito Social:

  • Haber superado en 4º de ESO la materia: Geografía e Historia.
  • Haber superado el Ámbito Social del segundo nivel de la Educación Secundaria para personas adultas o este ámbito mediante prueba libre.
  • Haber superado el Ámbito lingüístico y social en los Programas de Diversificación curricular derivados de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo.
  • Haber superado un Programa de Cualificación Inicial de Formación Profesional de acuerdo con la Orden ECD/946/2016, de 4 de agosto, por la que se regulan los Programas de Cualificación Inicial de Formación Profesional dirigidos a personas sin cualificación profesional o con necesidades educativas especiales en la Comunidad Autónoma de Aragón

Exención del Ámbito científico-tecnológico:

  • Haber Haber superado en 4º de ESO dos de las siguientes materias: Matemáticas orientadas a las enseñanzas aplicadas o Matemáticas orientadas a las enseñanzas académicas, Ciencias Aplicadas a la Actividad Profesional, Tecnología, Biología y Geología y Física y Química.
  • Haber superado el Ámbito Científico-tecnológico del segundo nivel de Educación secundaria para personas adultas o este ámbito mediante prueba libre.
  • Haber superado el Ámbito Científico-tecnológico en los Programas de Diversificación curricular derivados de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo.
  • Tener una experiencia laboral de, al menos, el equivalente a un año con jornada completa.
  • Estar en posesión de un certificado de profesionalidad de nivel 2 o superior emitido por la Administración laboral conforme al Real Decreto 34/2008, de 18 de enero, por el que se regulan los certificados de profesionalidad.
  • Haber superado un Programa de Cualificación Especial o Específico de acuerdo con la Resolución de 28 de abril de 2015, de los Directores Generales de Ordenación Académica y de Política Educativa y Educación Permanente, por la que se establecen las condiciones de autorización de los Programas de Cualificación Especiales y Específicos en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Aragón , o haber realizado con aprovechamiento satisfactorio un Programa de Garantía Social regulado en la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo, en la Comunidad Autónoma de Aragón.

Pruebas de años anteriores en Aragón.



Pruebas de acceso a los ciclos formativos de Grado Superior.

Condiciones de acceso a la prueba.

  • Quienes no cumplan los requisitos académicos de acceso directo.
  • Quienes tengan como mínimo diecinueve años de edad o los cumplan en el año natural de realización de la prueba
  • Quienes tengan superada una prueba de acceso de grado superior y deseen elevar la calificación obtenida con anterioridad.
  • Quienes deseen acceder a familias profesionales distintas a las relacionadas con la opción ya superada.

Estructura de la prueba.

Esta prueba consta de dos partes:

a) Parte común: Se deberá demostrar que se posee la madurez e idoneidad necesarias para seguir con éxito los estudios de formación profesional de grado superior, así como la capacidad de razonamiento y de expresión escrita. Se basará fundamentalmente en el currículo de las siguientes materias de Bachillerato: Lengua castellana y literatura. Lengua extranjera (a elegir entre Inglés o Francés)y Matemáticas.

b) Parte Específica: Se valorarán las capacidades de base referentes al campo profesional de que se trate y versará sobre los conocimientos básicos de las materias de Bachillerato que facilitan la conexión con el ciclo formativo de grado superior que se desea cursar. Para ello se deberá elegir una opción, según se indican en la tabla adjunta, donde se asocian las Familias Profesionales a la materia de Bachillerato objeto de la parte específica de la prueba.

Exenciones de partes de la prueba

Una o varias partes de esta prueba, pueden ser objeto de exención, siempre a instancia de los interesados:

Exención de la parte común:

- La superación de las siguientes materias de las enseñanzas de Bachillerato: - Lengua castellana y Literatura II. - Primera Lengua extranjera II, o Segunda Lengua Extranjera II. - Matemáticas II, o Matemáticas aplicadas a las Ciencias Sociales II.

– Haber superado a través de la prueba para la obtención directa del título de Bachillerato convocada por la Comunidad Autónoma de Aragón, las partes de la misma que incluyen las materias a que se refiere el punto anterior.

– La superación en su totalidad de la prueba de acceso a ciclos formativos de grado superior de formación profesional, siempre que el aspirante desee presentarse a una parte específica diferente a la que ya tiene superada.l.

Exención de la parte específica: Quienes acrediten alguna de las siguientes situaciones:

  • Haber superado dos de las tres materias de las enseñanzas de Bachillerato que se indican en el Anexo III de la Orden para la opción elegida.
  • Haber superado en las pruebas para la obtención directa del título de Bachillerato las partes de la misma que incluyan dos de las tres materias que se correspondan con las establecidas en la opción elegida de las que se proponen en el Anexo III de la Orden.
  • Estar en posesión de un certificado de profesionalidad de nivel 3, de alguna de las familias profesionales relacionadas con la opción de la parte específica elegida por el aspirante entre las que se recogen en el Anexo III de esta Orden, emitido por la Administración laboral conforme al Real Decreto 34/2008, de 18 de enero, por el que se regulan los certificados de profesionalidad.
  • Tener una experiencia laboral de al menos el equivalente a un año con jornada completa en un campo profesional relacionado con alguna de las familias profesionales vinculadas con la opción de la parte específica elegida por el aspirante entre las que se recogen en el Anexo III de la Orden.
  • Tener acreditada la condición de deportista de alto nivel o alto rendimiento, en relación al acceso a enseñanzas de Formación Profesional de grado superior de la familia de Actividades Físicas y Deportivas.

Pruebas de años anteriores en Aragón.

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